Programa de referidos (casos de éxito): cómo vecinos y contratistas cobraron su bono sin enredos

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En Monterrey y su área metropolitana, muchas casas de interés social no se venden “porque estén mal”, sino porque traen enredos: adeudos, papeles incompletos, o simplemente se ven cansadas y el comprador se asusta. Por eso, además de asociarnos para rehabilitar y vender (con firma formal y números claros), armamos un programa de referidos para que vecinos y contratistas puedan recomendar a un propietario… y cobrar su bono sin vueltas ni sorpresas. La clave es simple: permiso del dueño, reglas por escrito, protección de datos personales y cierre notarial bien llevado. (Cada caso se evalúa.)


Tu situación en 60 segundos

Te sirve este programa si:

  • Conoces a alguien que quiere vender su casa de interés social en Monterrey/Apodaca/Guadalupe/San Nicolás/Escobedo/Santa Catarina.
  • La casa trae predial/servicios/cuotas pendientes o dudas de cuánto se debe.
  • El dueño necesita vender, pero no puede (o no quiere) invertirle para dejarla presentable.
  • Eres contratista (albañil, plomero, electricista, pintor) y ves casas que con “mano” se venderían mejor.
  • Eres vecino y detectas una casa deshabitada o descuidada “leve”, pero recuperable.
  • Quieres recomendar sin meterte en broncas ni andar juntando papeles.

Opciones reales para el propietario (comparativa honesta)

1) Venta tradicional (dueño vende por su cuenta)
Pros: control total del precio y del proceso.
Contras: el dueño paga arreglos y trámites; si hay adeudos o temas registrales, se puede alargar.

2) “Te compran tu casa” (compra rápida)
Pros: puede avanzar rápido si todo está claro.
Contras: normalmente el precio baja; si no hay contrato claro, aparecen condiciones al final.

3) “Adelanto + rehabilitamos y vendemos” (asociados)
Pros: se firma formal desde el inicio; se invierte en rehabilitación y regularización; se gestiona la venta y el cierre.
Contras: no todos los casos califican (ubicación, condición, demanda, situación documental).

Y aquí entra el programa de referidos: tú recomiendas, nosotros evaluamos; si el caso se firma y se vende, cobras tu bono bajo reglas claras.


Qué es (y qué NO es) el programa de referidos

Sí es:

  • Una forma transparente de agradecer una recomendación que terminó en venta cerrada.
  • Un proceso con acuerdo por escrito (para evitar “me dijiste / te dije”).
  • Un esquema donde cuidamos datos personales y no pedimos documentos “a lo loco”. La ley exige tratar datos de forma lícita y sin engaños, privilegiando los intereses del titular. [1]

No es:

  • Un “caza-clientes” donde tú presionas al dueño.
  • Un “bono garantizado” (solo aplica si se cumplen condiciones y se cierra la operación).
  • Un permiso para andar pidiendo INEs o escrituras sin necesidad. El INAI recomienda no solicitar identificación si no es necesaria. [2]

Cómo funciona el referido (paso a paso, sin enredos)

1) Pide permiso al propietario (esto evita problemas)

Antes de pasar un teléfono, lo correcto es que el dueño diga “sí, pásales mi contacto”. Además, por protección de datos, el tratamiento debe ser conforme a finalidad, consentimiento y confidencialidad. [3]

2) Mándanos 4 datos por WhatsApp (rápido)

  • Nombre del propietario
  • Colonia/municipio (aproximado)
  • Qué situación trae: “adeudo predial”, “casa deshabitada”, “necesita arreglos”, etc.
  • Teléfono (con permiso)

3) Te confirmamos si tu referido quedó “registrado”

Esto evita pleitos de “yo lo mandé primero”. Queda asentado: fecha y quién refiere.

4) Evaluación del caso (propiedad + papeles + adeudos)

Revisamos lo que normalmente puede frenar el cierre:

  • Adeudos de predial: Monterrey documenta el proceso de pago y conceptos como “reporte de cuenta predial” y “expediente catastral”. [4]
  • Si el cierre lo requiere, existe procedimiento municipal para certificación de no adeudo de predial. [5]
  • Revisión registral cuando aplica (por ejemplo, libertad de gravámenes) mediante los trámites del Instituto Registral y Catastral de Nuevo León. [6]

5) Si el caso califica, se firma el acuerdo con el propietario (y se formaliza el método)

Ahí se define el adelanto, el plan de rehabilitación, cómo se regularizan adeudos y cómo se gestiona la venta y el cierre.

6) Bono del referido: cuándo se paga

Para evitar enredos, lo más limpio es: el bono se paga cuando la venta está cerrada (cuando ya hay operación concluida y quedó confirmado el resultado). Todo se deja por escrito desde el principio.


Casos de éxito (reales, con datos cambiados)

Caso 1: El vecino que “rescató” una venta atorada

Un vecino en Guadalupe sabía de una casa bien ubicada, pero el dueño estaba desanimado: “debo predial y la casa se ve vieja”. El vecino pidió permiso, compartió el contacto y se registró el referido. Se evaluó el adeudo y la ruta de regularización (con base en procedimientos municipales), se rehabilitó con mantenimiento inteligente y se preparó expediente para cierre. Resultado: operación cerrada sin sustos de última hora, y el vecino cobró su bono conforme al acuerdo. [4] [6]

Caso 2: El contratista que recomendó y cobró “en regla”

Un contratista de pintura veía seguido casas con potencial en Escobedo: estructuralmente bien, pero “mal presentadas”. En lugar de prometer de más, refirió con permiso del dueño. Se definieron mejoras sin lujo y con enfoque de venta. Para evitar fraudes y “pagos raros”, el cierre se hizo con formalidad; el Colegio Nacional del Notariado Mexicano recomienda apoyarse en notario, revisar situación jurídica y usar formas de pago seguras. [7] El bono se pagó al cumplirse la condición pactada: venta cerrada.

Caso 3: El amigo que refirió un crédito ya pagado… pero con gravamen pendiente

Un propietario en Apodaca ya había terminado de pagar INFONAVIT, pero “en papel” todavía faltaba mover el tema de liberación de gravamen. INFONAVIT indica que, al terminar de pagar, se genera una carta de instrucción para iniciar la liberación, ya sea en notaría o vía Registro, según leyes del estado. [8] Al ordenarse ese punto, el cierre fue más claro y el referido se pagó sin discusión.


Documentos y datos que aceleran (sin pedir de más)

Para registrar el referido (tú, vecino/contratista)

  • Nombre del propietario
  • Teléfono con permiso
  • Ubicación aproximada
  • Situación general (adeudos, arreglos, crédito, etc.)

Evita pedir INE/escrituras tú. Además de no ser necesario, el INAI recomienda no solicitar la credencial si no se ocupa para la finalidad. [2]

Para la evaluación del propietario

  • Identificación (cuando ya haya evaluación formal)
  • Escritura o datos registrales
  • Info de predial (expediente catastral / reporte / recibo) [4]
  • Si aplica: constancia/certificación de no adeudo (según el cierre) [5]
  • Si hay INFONAVIT: estatus del crédito y ruta de liberación si ya está pagado [8]

Costos/adeudos: qué suele pasar al vender (sin inventar cifras)

En ventas de casas con adeudos, lo importante es ponerle número y ruta:

  • Predial: se consulta/paga con base en el expediente catastral y se emiten documentos del proceso. [4]
  • Certificación de no adeudo: existe procedimiento municipal para expedirla si se requiere. [5]
  • Gravámenes: si hay hipoteca/crédito, se define la ruta conforme a institución y leyes locales; en INFONAVIT, la guía de “terminé de pagar” explica cómo iniciar liberación de gravamen. [8]
  • Revisión registral: en NL hay trámites como certificado de libertad de gravámenes en el IRCNL. [6]

Casos difíciles: cuándo sí / cuándo no aplica el referido

Suele aplicar cuando:

  • El propietario acepta la evaluación y hay acuerdo formal.
  • La casa es recuperable (mantenimiento y rehabilitación razonable).
  • La situación documental se puede ordenar.

Puede NO aplicar cuando:

  • No hay permiso del propietario para compartir datos.
  • Es un contacto duplicado (ya estaba en evaluación previa).
  • No se logra firmar acuerdo o no se concreta la venta (el bono depende de condiciones pactadas).
  • Hay conflictos fuertes de propiedad/herencia sin ruta definida (se debe ver con notario/asesor).

Señales de alerta y cómo evitar fraudes (para todos)

  • No firmes “lo que sea” por prisa: el notario es un aliado para confirmar propiedad, gravámenes y contribuciones, y la recomendación notarial es asesorarte antes de comprometerte. [7]
  • Evita pagos informales: se recomiendan transferencias/cheques certificados como formas más seguras. [7]
  • No recolectes documentos personales “para ayudar”: además del riesgo, el tratamiento de datos debe ser lícito, proporcional y con confidencialidad. [1] [3]
  • Si compartes datos, que sea con aviso y finalidad clara: el INAI tiene guía para elaborar y poner a disposición avisos de privacidad. [9]

FAQ (preguntas típicas)

1) ¿Quién puede ser referido?
Cualquier propietario que quiera vender y autorice que lo contactemos.

2) ¿Quién puede referir?
Vecinos, familiares, amigos, contratistas y personas que conozcan un caso real (con permiso del dueño).

3) ¿Cuándo se paga el bono?
Cuando se cumplan las condiciones pactadas (comúnmente, con la venta cerrada). Todo por escrito.

4) ¿Y si el dueño se arrepiente o no califica?
Puede pasar; cada caso se evalúa. Si no se firma o no se concreta la operación, el bono no aplica (según condiciones).

5) ¿Tengo que pedirle papeles al dueño para registrar el referido?
No. Para registrar basta contacto y contexto. Pedir INE sin necesidad no es buena práctica; el INAI recomienda no solicitar la credencial si no es necesaria. [2]

6) ¿Puedo referir una casa con adeudos de predial?
Sí, se evalúa y se define la ruta. Monterrey tiene procedimiento documentado de pago y conceptos del padrón/expediente. [4]

7) ¿Qué pasa si el comprador pide constancia de no adeudo?
Depende del cierre; existe procedimiento municipal para certificación. [5]

8) ¿Qué pasa si la casa tuvo INFONAVIT y ya se pagó?
A veces falta liberar gravamen; INFONAVIT explica cómo iniciar la liberación con carta de instrucción y notaría/RPP, según el estado. [8]

9) ¿Cómo se evita que alguien “se cuelgue” de mi referido?
Con registro y confirmación desde el primer contacto, y acuerdo por escrito.

10) ¿Esto está relacionado con reglas de publicidad/contratos inmobiliarios?
En México existe la NOM-247-SE-2021 (vigente), enfocada en información comercial, publicidad y elementos mínimos en contratos de bienes inmuebles destinados a casa habitación. [10] (Esto no reemplaza asesoría; se toma como referencia de buenas prácticas de transparencia.)


Cierre

Si conoces a un propietario que necesita vender una casa de interés social en Monterrey y trae adeudos o le falta “meterle mano”, el programa de referidos funciona cuando se respetan 3 reglas:

  • Permiso del dueño + datos mínimos (sin andar recolectando INEs) [2]
  • Proceso claro y por escrito (sin promesas absolutas)
  • Cierre formal y revisión inteligente (notaría + adeudos + registro cuando aplica) [6] [7]

CTA: ¿Tienes un referido en Monterrey o área metropolitana? Habla por WhatsApp y te decimos en minutos cómo registrarlo (con permiso del dueño) y qué sigue.


Fuentes consultadas

  • [1] Cámara de Diputados, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), PDF. Ver fuente
  • [2] INAI/INE, Recomendaciones para evitar mal tratamiento de datos en la Credencial para Votar, PDF (2018). Ver fuente
  • [3] INAI, Guía para Titulares – Principios rectores de la protección de datos personales, PDF. Ver fuente
  • [4] Gobierno de Monterrey, Procedimiento: Pago del Impuesto Predial (P-SFA-REI-03), PDF (Emisión 07/07/2023). Ver fuente
  • [5] Gobierno de Monterrey, Procedimiento: Certificación de no adeudo de impuesto predial (P-SFA-REI-07), PDF (Emisión 07/07/2023). Ver fuente
  • [6] Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, Nuestros trámites (incluye Certificado de Libertad de Gravámenes). Ver fuente
  • [7] Colegio Nacional del Notariado Mexicano, Tips notariales: ¿Cómo evitar fraudes inmobiliarios?, PDF (2018). Ver fuente
  • [8] INFONAVIT, Terminé de pagar mi crédito (carta de instrucción y liberación de gravamen). Ver fuente
  • [9] INAI, Guía para el Aviso de Privacidad, PDF. Ver fuente
  • [10] Secretaría de Economía, NOM-247-SE-2021 (ficha de norma y estatus vigente). Ver fuente

Disclaimer: Este artículo es informativo y no sustituye asesoría legal o notarial. Cada caso puede variar; confirma tu situación con un notario o asesor calificado.