
Sí es una duda súper común en Monterrey y el área metropolitana: “la casa está a nombre de mi mamá/papá”, “sale mi ex en escrituras”, “la compré por traspaso”, “el dueño falleció”. La respuesta clara es: para vender formalmente, debe firmar el dueño que aparece en la escritura (o sus dueños), o alguien que lo represente legalmente. Y si el nombre del vendedor no coincide con el de las escrituras, es una señal de alerta para cualquier comprador serio. PROFECO lo dice directo: el nombre del propietario que pretendes adquirir debe ser el mismo que aparece en las escrituras. 1
Aquí te explico qué casos sí se pueden revisar (y cuáles normalmente no convienen) para que no pierdas tiempo ni te metas en broncas.
Tu situación en 60 segundos
- La casa está a nombre de mi mamá/papá y yo quiero vender porque ya no la uso.
- La escritura trae a mi ex o a un familiar con quien ya no me hablo.
- El dueño falleció y “quedó la casa”, pero no se ha hecho sucesión.
- Compré por “traspaso” o contrato privado y nunca se escrituró a mi nombre.
- El dueño vive fuera (otra ciudad/EE. UU.) y no puede venir a firmar.
- Quiero vender rápido, pero sin fraudes y con cierre en notaría.
Opciones reales (comparativa honesta)
1) Venta tradicional (cierre en notaría)
Pros: es lo más sólido para comprador y vendedor.
Contras: si el dueño no está en escrituras o faltan firmas/documentos, se detiene.
2) “Te compran tu casa” (salida rápida)
Pros: menos vueltas.
Contras: si no está a tu nombre, muchos “compradores rápidos” intentan empujarte a soluciones riesgosas (poderes raros, contratos privados).
3) “Adelanto + remodelamos y vendemos” (nos asociamos)
Pros: con firma formal, te damos un pago/adelanto acordado al inicio y nosotros invertimos en rehabilitación, regularización de adeudos y gestionamos la venta/cierre.
Contras: solo aplica si hay ruta realista para que el inmueble llegue a escritura y cierre formal (no en todos los casos).
Lo básico: por qué “no estar a tu nombre” sí importa
- El contrato privado no sustituye la escrituración. El Notariado Mexicano lo marca como falso y de alto riesgo. 2
- En Nuevo León, antes de prometer una fecha de firma, conviene verificar el estado registral con certificados (gravámenes/libertad de gravámenes, copias certificadas, etc.). El IRCNL tiene estos trámites. 3
Qué casos SÍ se revisan (y por qué pueden ser viables)
Caso A) El dueño de la escritura sí puede firmar
Si el propietario (o copropietarios) aparece en la escritura y está localizable, normalmente es el escenario más limpio: se revisan adeudos, gravámenes y documentos, y listo.
Caso B) El dueño no puede venir, pero puede dar un poder notarial (bien hecho)
Si el dueño vive fuera, puede nombrar un representante con poder especial para vender (más control y seguridad). En consulados de México también se tramitan poderes notariales (requisitos varían por consulado). 4
Ojo: el Notariado Mexicano recomienda evitar “poderes irrevocables” y recuerda que el poder puede extinguirse por muerte o interdicción del poderdante/apoderado. 5
Caso C) La casa está a nombre de varios (copropiedad) y todos firman
Si la escritura trae a 2 o más dueños, normalmente se necesita el acuerdo y firma de todos (o la representación legal correcta).
Caso D) El dueño falleció, pero ya hay sucesión (o hay condiciones para tramitarla)
Si el propietario falleció, por lo general la ruta es sucesoria (testamentaria o legítima). El Código Civil de Nuevo León define la herencia y la sucesión. 6
Además, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares contempla que el procedimiento sucesorio puede llevarse ante autoridad judicial y también ante notario en los términos del propio código. 7
Traducción a la vida real: a veces se puede encaminar, pero depende de herederos, documentos y acuerdos (no se promete “rápido” sin ver el caso).
Caso E) No está a tu nombre, pero sí hay ruta de regularización realista
Ejemplos típicos:
- Hay escritura, pero hay errores o falta un trámite registral.
- Hay que sacar copias certificadas/constancias o aclarar un gravamen. (IRCNL) 3

Qué casos normalmente NO aplican (o no convienen para “venta rápida”)
- “Traspaso” o contrato privado sin escritura a tu nombre, esperando vender “igual” (alto riesgo). 2
- Dueño fallecido sin sucesión y con herederos en pleito o no localizables (se puede volver largo e incierto). 6
- El dueño “no aparece” y te piden firmar con “poder” dudoso o “irrevocable” (bandera roja). 5
- No hay forma de acreditar propiedad/datos registrales (sin folio, sin antecedente, sin copia útil).
Cómo funciona nuestro método (paso a paso) para dictaminar “sí aplica / no aplica”
- Identidad del propietario: ¿quién aparece en escritura/registro? (y cuántos son).
- Estado registral en Nuevo León: certificados y revisión básica (gravámenes/libertad de gravámenes, copias, etc.). 3
- Ruta legal viable:
- Firma directa del dueño, o
- poder especial bien armado, o
- sucesión (si hay fallecimiento), según corresponda. 7
- Adeudos y viabilidad de cierre: predial/agua/cuotas y cualquier crédito/gravamen.
- Plan de venta: si la casa es vendible “como está” o requiere mejoras puntuales para vender mejor.
Documentos y datos que aceleran tu evaluación
- Copia de escritura (aunque sea foto clara) o datos registrales.
- INE del propietario real (el de la escritura) y de quien pide la evaluación.
- Si es herencia: acta de defunción y datos de herederos (si los tienes).
- Si el dueño está fuera: idea de si puede venir o si requiere poder (y dónde está).
- Recibos/estatus de predial y agua (PROFECO los menciona como parte de documentación común en vivienda usada). 8
- Si es privada/condominio: estatus de cuotas (si aplica).
Costos/adeudos y qué suele pasar al vender (sin inventar cifras)
Cuando no está a tu nombre, normalmente aparecen “capas” extra:
- Trámite notarial/registral (poder, sucesión, copias, certificaciones) según el caso. 3
- Adeudos del inmueble (predial/agua/cuotas) que se cuantifican para que el comprador no sienta “sorpresas”. 8
- En casas deshabitadas, conviene protegerte: el IRCNL ofrece Alertas Catastral e Inmobiliaria con notificaciones por correo/SMS y vigencia anual. 9
Señales de alerta y cómo evitar fraudes
- Te dicen “no pasa nada, firmamos con contrato privado” (mala señal). 2
- Te proponen “poder irrevocable” para evitar escrituración (mala señal). 5
- Te piden documentos originales sin recibo o sin notaría involucrada.
- Te presionan con “hoy o se cae”.
Regla simple: si no se puede explicar el camino legal en 2–3 pasos claros, no firmes nada.

FAQ
1) La casa está a nombre de mi mamá/papá, ¿yo la puedo vender?
Solo si tu mamá/papá firma como propietario, o si te da un poder especial para vender (bien hecho). 4
2) Mi papá falleció y la casa sigue a su nombre, ¿se puede vender?
Generalmente primero se requiere encaminar la sucesión y la adjudicación; puede ser ante juez o ante notario según el caso y la ley aplicable. 6 7
3) Compré por “traspaso” o contrato privado, ¿ya soy dueño?
No necesariamente. Para un comprador formal, el nombre del propietario debe coincidir con las escrituras, y el contrato privado no sustituye la escritura. 1 2
4) ¿Cómo verifico si tiene gravamen o problemas en Registro en Nuevo León?
Con certificados y trámites del IRCNL (gravámenes/libertad de gravámenes, copias certificadas, etc.). 3
5) ¿Un poder notarial “me garantiza” que siempre podré vender?
Debe estar bien otorgado y ser adecuado al acto; además, el Notariado Mexicano advierte que el poder puede extinguirse por muerte o interdicción, y recomienda evitar “poderes irrevocables”. 5
6) Estoy divorciado/a y la casa quedó con el nombre de los dos, ¿qué pasa?
Se revisa el título y el esquema de propiedad: normalmente se requiere firma de copropietarios o resolver la situación legal previa.
7) ¿Puedo vender si el dueño vive en Estados Unidos?
Sí puede ser viable si el dueño firma (viaje) o si otorga poder en consulado/notaría según corresponda. 4
8) ¿Qué documentos suelen pedir para vivienda usada?
PROFECO menciona, entre otros, título de propiedad, boletas de predial y agua, identificaciones del vendedor. 8
9) ¿Cómo me protejo si la casa está sola y no vivo en Monterrey?
Además de control de llaves y visitas con cita, considera las Alertas del IRCNL para notificaciones de movimientos/trámites. 9
10) ¿Cuándo conviene el esquema “adelanto + remodelamos y vendemos”?
Cuando sí existe ruta legal (firma/poder/sucesión viable), la casa es rescatable y el cierre formal es realista.
Cierre
Si la casa no está a tu nombre, no significa “ya valió”, pero sí significa que hay que ser bien claros: ¿quién puede firmar legalmente y cuál es la ruta formal para llegar a escritura y cierre?
- Verifica titularidad y registro. 3
- Evita atajos (contratos privados o poderes “raros”). 2 5
- Y si hay fallecimiento, entiende que entra un camino sucesorio según el caso. 6
CTA: Si tu casa está en Monterrey o área metropolitana, habla por WhatsApp y te damos una evaluación clara: “sí aplica / no aplica” y la ruta realista (sin promesas mágicas).
Fuentes consultadas
[1] PROFECO — Comprar una vivienda usada: que tu sueño no se convierta en pesadilla (Gobierno de México). https://www.gob.mx/profeco/documentos/comprar-una-vivienda-usada-que-tu-sueno-no-se-convierta-en-pesadilla?state=published
[2] Notariado Mexicano (Colegio Nacional del Notariado Mexicano) — Mitos o realidades relacionados con la compraventa de un inmueble. https://www.notariadomexicano.org.mx/tips/mitos-o-realidades-relacionados-con-la-compraventa-de-un-inmueble/
[3] Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (IRCNL) — Nuestros trámites (certificados y servicios registrales). https://ircnl.gob.mx/nuestros-tramites/
[4] Secretaría de Relaciones Exteriores (Consulado de México) — Poder Notarial (tipos y requisitos; varían por consulado). https://embamex.sre.gob.mx/grecia/index.php/seccion-consular/11-consulares/163-poder-notarial
[5] Notariado Mexicano — Otros aspectos de la función notarial (recomendaciones sobre poderes irrevocables y extinción del poder). https://www.notariadomexicano.org.mx/otros-aspectos-de-la-funcion-notarial/
[6] H. Congreso del Estado de Nuevo León — Código Civil para el Estado de Nuevo León (sucesión/herencia). https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_civil_para_el_estado_de_nuevo_leon/
[7] Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (texto en Justia) — Procedimiento sucesorio; competencia judicial/notarial. https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/libro-quinto/titulo-primero/capitulo-i/
[8] PROFECO — Antes de comprar casa usada, infórmate (documentos comunes). https://www.gob.mx/profeco/documentos/antes-de-comprar-casa-usada-informate?state=published
[9] IRCNL — Alertas Catastral e Inmobiliaria (notificaciones y vigencia). https://ircnl.gob.mx/alertas/
Disclaimer: Este artículo es informativo y no sustituye asesoría legal o notarial. Cada caso puede variar; confirma tu situación con un notario o asesor calificado.
